Te apoyamos en la realización de la Evaluación de Impacto Social (EvIS),
De acuerdo con el Artículo 121 de la Ley de Hidrocarburos y el 120 de la Ley de la Industria Eléctrica, corresponde a la Secretaría de Energía (SENER) solicitar a los Interesados o autorizar el desarrollo de proyectos que incluya la identificación, caracterización y valoración de los impactos sociales que podrían derivarse de sus actividades, así como las medidas de mitigación de impactos negativos y ampliación de impactos positivos, acompañado de un correcto plan de gestión social.
Nosotros podemos ayudar la realización de esta tarea y la propia gestión ante la autoridad.
¿Quiénes deben presentar la EvIS?
Los asignatarios, contratistas, así como todos los interesados en obtener un permiso o autorización para desarrollar proyectos del sector energético.